Compra-venta de un vehículo
Cuando se produce una operación de compra-venta de un
vehículo entre particulares, comprador y vendedor deben realizar una serie de
trámites. Existe la posibilidad de que los realicen de forma separada o de
forma conjunta.
Tanto
el vendedor como el comprador de un vehículo están obligados a comunicar el
cambio de titularidad en la Jefatura Provincial de Tráfico que
corresponda. El plazo máximo para realizar esta gestión es de 10 días para el
que vende y 30 días para el que compra. Los documentos que se deben presentar
son:
·
Declaración en la que
consten los datos de ambos interesados en impreso oficial.
·
Documento que
justifique la transmisión y en el que figuren los datos del comprador y del
vendedor.
·
Solicitud de cambio de
titularidad en impreso oficial.
·
Justificante de pago de
la tasa correspondiente.
·
Documento de
identificación de los interesados.
·
Permiso o licencia de
circulación.
·
Original y fotocopia de
pago del último recibo del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
e impreso de baja o alta en dicho impuesto.
·
Justificante de pago
del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados por parte del comprador.
·
Autoliquidación del
Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, por parte del
comprador, si procede.
·
Tarjeta de
Inspección Técnica de Vehículos
(ITV).
Matriculación de un vehículo
Para
matricular un vehículo comprado en España, no adquirido en subasta y que no tenga
más de nueve plazas incluida la del conductor es necesario presentar los
siguientes documentos en la Jefatura Provincial de Tráfico:
·
Solicitud en impreso
oficial.
·
Justificante de pago de
la tasa correspondiente.
·
Documento Nacional de
Identidad.
·
Tarjeta de
Inspección Técnica de vehículos.
·
Autoliquidación del Impuesto
sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
·
Autoliquidación del
Impuesto especial sobre determinados Medios de Transporte, si procede.
·
En el caso de los
vehículos usados, documento que justifique el pago del Impuesto de
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Baja definitiva de un vehículo
Si se desea dar de baja el
vehículo y desprenderse de él, es necesario acudir a los Centros Autorizados
de Tratamiento de Vehículos de Tracción Mecánica, donde se debe entregar la
siguiente documentación:
·
Solicitud de baja en
impreso oficial.
·
Documentos de
identificación y propiedad.
·
Permiso de circulación.
·
Tarjeta de
Inspección Técnica de vehículos.
·
Justificante de pago
del último recibo del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Renovación del permiso de conducir
Se
puede solicitar su renovación durante los tres meses anteriores a su pérdida de
vigencia. Este trámite se realiza en la Jefatura Provincial de Tráfico
con los siguientes documentos:
·
Solicitud en impreso
oficial.
·
Permiso o licencia de
conducción para el que se solicita la renovación.
·
Informe de Aptitud
Psicofísica expedido en un Centro de
Reconocimiento de Conductores Autorizado.
·
Justificante de pago de
la tasa correspondiente.
·
Documento Nacional de
Identidad en vigor.
·
Fotografía
reciente.
A tener en cuenta
En el caso de la
matriculación de un vehículo comprado en el extranjero, es necesario
homologarlo mediante una inspección técnica especial y traducir la factura. Por
otra parte, si el vehículo es nuevo, será el concesionario quien se encargue de
realizar este trámite.
Observaciones
Los requisitos y documentos
necesarios pueden variar en algunas situaciones específicas como las
siguientes:
· El vehículo fue adquirido en el extranjero.
· El vehículo fue adquirido en una subasta.
· Se trata de un vehículo agrícola.
· El l vehículo está destinado al transporte de
viajeros y mercancías.
Para
conocer los trámites añadidos que pueden surgir en estos casos, se puede
consultar la página oficial de la Dirección General de Tráfico.
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