Adquirir la nacionalidad significa pasar a ser
ciudadano de un país con plenos derechos y deberes. No sólo consiste en
poder residir y trabajar libremente en el país como ocurre cuando se posee la
tarjeta de residencia permanente.
Al
obtener la nacionalidad española se adquieren los mismos derechos que un español
por nacimiento, es decir, se puede votar, presentarse a unas oposiciones o
disfrutar de cualquiera de los beneficios a los que opte un
español.
Modos de obtener la
nacionalidad
La
nacionalidad se adquiere por distintos medios:
·
Por origen: ser hijo de españoles o nacer en España, siendo al
menos uno de los progenitores español o apátrida . También se les concede la
nacionalidad a aquellos que nacen dentro del país y se desconoce a sus
progenitores.
·
Por adopción: la adquiere cualquier niño menor de 18 años
adoptado de forma legal por españoles.
·
Por residencia: se solicita voluntariamente. Es necesario cumplir
unos requisitos mínimos de residencia en el país estipulados por la
ley.
Solicitud de la
nacionalidad
La solicitud para obtener la nacionalidad española la
pueden realizar los mayores de 18 años o emancipados y los mayores de 14 años
asistidos por un representante legal.
La
solicitud debe ser entregada en el Registro Civil correspondiente. El
impreso oficial para iniciar el proceso se puede obtener en internet, acudiendo
al Ministerio de Justicia o solicitando a este organismo que la envíe por
correo.
Requisitos
Las
personas que deseen pedir la nacionalidad deben cumplir algunos requisitos,
entre los que destaca el haber residido en España de forma continuada durante
al menos diez años, aunque este tiempo se puede reducir en los
siguientes casos:
·
Cinco años: refugiados políticos.
·
Dos años: los ciudadanos de Iberoamérica, Andorra, Filipinas,
Guinea, Portugal o sefardíes.
·
Un año: casados con un español, nacidos en el extranjero
pero con uno de sus padres o abuelos españoles, los que estuviesen bajo la tutela
de autoridades españolas al menos durante dos años, los nacidos en España y los
viudos de un español.
Documentos
Los
documentos que se deben entregar en el Registro Civil para iniciar el
proceso de obtención de la nacionalidad son los siguientes:
·
Solicitud oficial
debidamente cumplimentada.
·
Certificado literal de
Nacimiento, legalizado en el consulado.
·
Dos certificados de
antecedentes penales: uno expedido en el país de origen y otro en España.
·
Certificado de
empadronamiento.
·
Certificado que
acredite la residencia alegada en España expedido por la Dirección General de
Policía.
·
Documentos que
justifiquen poseer trabajo en España por cuenta propia o ajena y acreditación
de todos los medios económicos de los que dispone.
·
Fotocopia del
pasaporte.
·
Fotocopia de la Tarjeta
de Residencia o Tarjeta de Extranjero.
·
Documentos de
nacionalidad y parentesco con el familiar que corresponda, si la petición se
basa en una tercera persona.
Carta de naturaleza
Es
un procedimiento excepcional de obtener al nacionalidad que se produce
en pocas ocasiones. La Carta de naturaleza debe ser concedida por los gobiernos
mediante Real Decreto.
Un
ejemplo de esta situación se produjo tras los atentados en los trenes de Madrid
el 11 de Marzo del 2004. El Gobierno concedió a todos los extranjeros afectados
y sus familiares la nacionalidad mediante Carta de Naturaleza.
A tener en cuenta
Además de los documentos indicados pueden solicitarse
otros dependiendo de cada caso particular. Por otra parte, es necesario tener
en cuenta que se trata de un proceso lento que puede llegar a tardar hasta
veinticuatro meses.
Observaciones
La
nacionalidad también se obtiene en circunstancias excepcionales como la siguiente:
·
Posesión de estado: implica haber
hecho uso de la nacionalidad durante al menos 10 años, basada en una
inscripción en el Registro Civil durante ese tiempo.
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