Yoteca - Ciudadanía - Guía de ayuda documentada
Buscador
Documentos = 15   -   Noticias = 5   -   Términos = 0   -   Criterios = 80   -   Referencias = 100

Tema: Extranjeros -> Categoría: Ciudadanía -> Autor: PF -> Revisión: 08/09/2008
Obtención de la nacionalidad española (España)

Adquirir la nacionalidad significa pasar a ser ciudadano de un país con plenos derechos y deberes. No sólo consiste en poder residir y trabajar libremente en el país como ocurre cuando se posee la tarjeta de residencia permanente.

 

Al obtener la nacionalidad española se adquieren los mismos derechos que un español por nacimiento, es decir, se puede votar, presentarse a unas oposiciones o disfrutar de cualquiera de los beneficios a los que opte un español.

 

Modos de obtener la nacionalidad

 

La nacionalidad se adquiere por distintos medios:

 

·  Por origen: ser hijo de españoles o nacer en España, siendo al menos uno de los progenitores español o apátrida . También se les concede la nacionalidad a aquellos que nacen dentro del país y se desconoce a sus progenitores.

 

·  Por adopción: la adquiere cualquier niño menor de 18 años adoptado de forma legal por españoles.

 

·  Por residencia: se solicita voluntariamente. Es necesario cumplir unos requisitos mínimos de residencia en el país estipulados por la ley.

 

Solicitud de la nacionalidad

 

La solicitud para obtener la nacionalidad española la pueden realizar los mayores de 18 años o emancipados y los mayores de 14 años asistidos por un representante legal.

 

La solicitud debe ser entregada en el Registro Civil correspondiente. El impreso oficial para iniciar el proceso se puede obtener en internet, acudiendo al Ministerio de Justicia o solicitando a este organismo que la envíe por correo.

 

Requisitos

 

Las personas que deseen pedir la nacionalidad deben cumplir algunos requisitos, entre los que destaca el haber residido en España de forma continuada durante al menos diez años, aunque este tiempo se puede reducir en los siguientes casos:

 

·  Cinco años: refugiados políticos.

 

·  Dos años: los ciudadanos de Iberoamérica, Andorra, Filipinas, Guinea, Portugal o sefardíes.

 

·  Un año: casados con un español, nacidos en el extranjero pero con uno de sus padres o abuelos españoles, los que estuviesen bajo la tutela de autoridades españolas al menos durante dos años, los nacidos en España y los viudos de un español.

 

Documentos

 

Los documentos que se deben entregar en el Registro Civil para iniciar el proceso de obtención de la nacionalidad son los siguientes:

 

·  Solicitud oficial debidamente cumplimentada.

 

·  Certificado literal de Nacimiento, legalizado en el consulado.

 

·  Dos certificados de antecedentes penales: uno expedido en el país de origen y otro en España.

 

·  Certificado de empadronamiento.

 

·  Certificado que acredite la residencia alegada en España expedido por la Dirección General de Policía.

 

·  Documentos que justifiquen poseer trabajo en España por cuenta propia o ajena y acreditación de todos los medios económicos de los que dispone.

 

·  Fotocopia del pasaporte.

 

·  Fotocopia de la Tarjeta de Residencia o Tarjeta de Extranjero.

 

·  Documentos de nacionalidad y parentesco con el familiar que corresponda, si la petición se basa en una tercera persona.

 

Carta de naturaleza

 

Es un procedimiento excepcional de obtener al nacionalidad que se produce en pocas ocasiones. La Carta de naturaleza debe ser concedida por los gobiernos mediante Real Decreto.

 

Un ejemplo de esta situación se produjo tras los atentados en los trenes de Madrid el 11 de Marzo del 2004. El Gobierno concedió a todos los extranjeros afectados y sus familiares la nacionalidad mediante Carta de Naturaleza.

 

A tener en cuenta

 

Además de los documentos indicados pueden solicitarse otros dependiendo de cada caso particular. Por otra parte, es necesario tener en cuenta que se trata de un proceso lento que puede llegar a tardar hasta veinticuatro meses.

 

Observaciones

 

La nacionalidad también se obtiene en circunstancias excepcionales como la siguiente:

 

·   Posesión de estado: implica haber hecho uso de la nacionalidad durante al menos 10 años, basada en una inscripción en el Registro Civil durante ese tiempo.

 




Otros documentos del mismo tema
    -> Extranjeros
    -> Tarjeta de residencia
    -> Matrimonio con un extranjero

Documentos relacionados
    -> Gestiones con la Administración
    -> Requisitos para viajar
    -> Gestiones personales I
    -> Gestiones personales II

Otros temas de la categoría
    -> Defensa del consumidor
    -> Familias numerosas

Noticias relacionadas
    -> Nueva cuesta en septiembre
    -> Pruebas de ADN a los extranjeros
    -> Subida del precio de la leche
    -> Tarjeta azul para los inmigrantes cualificados
    -> Terremoto en Perú







[ Referencias ]    -    [ Términos ]    -    [ Resumen ]    -    [ Revisiones ]    -    [ Actualidad ]    -    [ WebMap ]
[ YOTECA - PRINCIPAL ]
 AVISO: Queda totalmente prohibida la reproducción total o parcial mediante la legislación española vigente de derechos de PROPIEDAD INTELECTUAL

 Copyright © Yoteca.com - Todos los derechos reservados