Los
trámites y gestiones engloban todas aquellas solicitudes y autorizaciones
realizadas frente a la Administración Pública con objeto de obtener algún
documento, certificado o permiso.
Abarcan la solicitud del
DNI, el empadronamiento o la inscripción en la Seguridad Social, entre otros.
Algunos de estos trámites son obligatorios, como el registro de un niño al
nacer.
Existen otras gestiones
voluntarias. Éstas sólo se realizan en determinadas circunstancias como por
ejemplo solicitar un visado cuando se quiere viajar a determinados
países.
Tipos de solicitudes
Para presentar una solicitud o iniciar un procedimiento
frente a la Administración existen generalmente dos posibilidades a la hora de
entregar esos documentos:
·
Acudir a la Consejería
o Ministerio que corresponda.
·
Acudir a las Oficinas
Integradas de Atención e Información al Ciudadano. Se habilitan en las
poblaciones con más habitantes para facilitar las gestiones.
Los
trámites y solicitudes suelen estar sometidos a unos plazos estipulados. Se
cuenta a partir de la presentación del documento en el organismo
correspondiente. Si el plazo se refiere a una publicación del Boletín
Oficial, se empieza a contar a partir del día siguiente de que ésta se haya
producido.
Los
plazos pueden venir expresados de distintas maneras:
·
Días hábiles: son aquellos que excluyen domingos y festivos.
·
Días naturales: se incluyen todos los días de la
semana.
Documentos
Las
solicitudes normalmente tienen que ir acompañadas de otros documentos. Los
ciudadanos tienen derecho a ser informados por la Administración de cuáles son
esos documentos y cómo presentarlos:
·
Originales: son los documentos primarios, que se pueden exigir
en algunas ocasiones.
·
Fotocopias
compulsadas: son aquellas que llevan
un sello oficial, que autentifica su identidad con el documento original. La
Administración será la encargada de comparar original y fotocopia, y validar
esta última.
·
Fotocopias: copias de los documentos originales.
Certificados
Además
de los documentos propios, como el DNI, se puede exigir la presentación del
algún certificado, expedido previamente por otro organismo. Los más comunes son
los expedidos en el Registro Civil como el de nacimiento o estado civil. Los certificados
pueden ser de distintas clases:
·
Literal: consiste en una copia exacta del documento original
sin omitir ninguna información.
·
Extracto: se trata de un certificado que contiene un resumen
de la información que figura en el original.
Los certificados también se
pueden clasificar en:
·
Positivos: acreditan que una persona está inscrita en un
Registro.
·
Negativos: certifican que esa persona no está inscrita en el Registro,
por ejemplo el de Penados.
A tener en cuenta
Cuando
se entregan formularios en cualquier organismo público, se tiene derecho a
recibir una copia de los documentos presentados. Esto servirá de comprobante
para una futura reclamación.
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